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10 de febrero de 2026

Okupas en su vivienda: qué hacer en las primeras 48 horas

Las primeras horas son decisivas. Le explicamos paso a paso cómo actuar sin poner en riesgo su posición legal.

Okupas en su vivienda: qué hacer en las primeras 48 horas

No entre por su cuenta

Por muy suya que sea la vivienda, entrar por la fuerza puede convertirle a usted en responsable. Mantenga la calma y documente la situación desde fuera: fotos, fechas y cualquier testigo.

Denuncie de inmediato

Si la ocupación tiene menos de 48 horas, la policía puede actuar como flagrante delito. Por eso avisar rápido marca la diferencia entre días y meses.

Reúna la documentación

Escritura o nota simple, recibos de suministros, contrato de alquiler si lo hubiera y cualquier prueba de que la vivienda estaba en uso o vacía por temporada.

Llámenos

Intervenimos con rapidez, siempre dentro de la ley y con total discreción. Evaluamos su caso por teléfono y le decimos con claridad qué es posible.

¿Tiene un caso urgente? Llámenos ahora.

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